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RESOLUCION Nº01/09
VISTO:
El pedido de plazo de 90 días que formulara la Aceitera Cañada de Gómez, a través de su socio gerente, para el traslado del FEEDLOT a otro inmueble recientemente adquirido. Y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 5 de enero de 2009, la comisión comunal ha intimado a la ACEITERA CAÑADA DE GOMEZ a que adecue su planta a las previsiones legales comunales, provinciales y nacionales, tanto en lo concerniente al lugar de emplazamiento como a las exigencias ambientales y sanitarias para poder ser autorizada a funcionar, en plazo máximo de 60 días y bajo apercibimiento de ordenarse su clausura definitiva y, en caso de contumacia, proceder al decomiso de todos los bienes que integran su proceso productivo.
Que con fecha 17 de abril de 2009, la Aceitera CAÑADA DE GOMEZ, a través de su socio gerente solicita por nota un plazo de 90 días para su traslado de FEEDLOT a un terreno recientemente adquirido, fundando éste solicitud en: “la reinante situación económica que esta atravesando el sector agrícola ganadero, razón ésta que hace que los tiempos se dilaten ya que todo este traslado conlleva un esfuerzo económico importante”.
Que la Aceitera no ha cumplido en modo alguno con las exigencias previstas en la Resolución 03-08.-
Que en razón de lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo por el cual se suspenda el pedido formulado por la Aceitera Cañada de Gómez, hasta que se de cabal cumplimiento a las exigencias de la Resol. 03-08, concediéndose a éste efecto un plazo de 5 días.-
Que la Asesora de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2439.
Por todo ello
LA COMISION COMUNAL DE BUSTINZA
R E S U E L V E:
ART. 1º) Suspender el tratamiento por ésta Comisión Comunal, del pedido de plazo formulado por la Aceitera Cañada de Gómez, para el traslado de feedlot, hasta que se de cumplimiento a lo exigido en Resolución 03/08.-
ART. 2º) Conceder a la Aceitera Cañada de Gómez un plazo perentorio e improrrogable de 5 días para que acompañe la documentación exigida oportunamente.-
ART. 3º) Autorizar al Presidente de la Comuna de Bustinza a efectuar la notificación de la presente resolución por medio fehaciente.-
ART. 4º) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
BUSTINZA, ABRIL DE 2009.-