IMPORTANTE !!!!!!
Resolución 53/2020
Comercios declarados que realicen actividades y servicios esenciales solo podrán estar abiertos en los siguientes horarios:
Resolución 53/2020
Comercios declarados que realicen actividades y servicios esenciales solo podrán estar abiertos en los siguientes horarios:
a) Lunes y Sábados 08 a 16 hs
b) Domingos 08 a 12 hs
c) Feriados 08 a 12 hs
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